Noticias Nacionales

martes, 30 de marzo de 2010

Ley de Arrendamientos Inmobiliarios (Venezuela)

TÍTULO IV, De la Terminación de la Relación Arrendaticia
CAPÍTULO I, De las Demandas
Artículo 33
Las demandas por desalojo, cumplimiento o resolución de un contrato de arrendamiento, reintegro de sobrealquileres, reintegro de depósito en garantía, ejecución de garantías, prórroga legal, preferencia ofertiva, retracto legal arrendaticio y cualquier otra acción derivada de una relación arrendaticia sobre inmuebles urbanos o suburbanos, se sustanciarán y sentenciarán conforme a las disposiciones contenidas en el presente Decreto­Ley y al procedimiento breve previsto en el Libro IV, Título XII del Código de Procedimiento Civil, independientemente de su cuantía.
Artículo 34
Sólo podrá demandarse el desalojo de un inmueble arrendado bajo contrato de arrendamiento verbal o por escrito a tiempo indeterminado, cuando la acción se fundamente en cualesquiera de las siguientes causales:
a) Que el arrendatario haya dejado de pagar el canon de arrendamiento correspondiente a dos (2) mensualidades consecutivas.
b) En la necesidad que tenga el propietario de ocupar el inmueble, o alguno de sus parientes consanguíneos dentro del segundo grado, o el hijo adoptivo.
c) Que el inmueble vaya a ser objeto de demolición o de reparaciones que ameriten la desocupación.
d) En el hecho de que el arrendatario haya destinado el inmueble a usos deshonestos, indebidos o en contravención a la conformidad de uso concedida por las Autoridades Municipales respectivas o por quien haga sus veces, o por el hecho de que el arrendatario haya cambiado el uso o destino que para el inmueble se pactó en el contrato de arrendamiento, sin el consentimiento previo y por escrito del arrendador.
e) Que el arrendatario haya ocasionado al inmueble deterioros mayores que los provenientes del uso normal del inmueble, o efectuado reformas no autorizadas por el arrendador.
f) Que el arrendatario haya incurrido en la violación o incumplimiento de las disposiciones del Reglamento Interno del inmueble.
En los inmuebles sometidos al régimen de Propiedad Horizontal, el respectivo Documento de Condominio y el Reglamento de Condominio, previstos en el artículo 26 de la Ley de Propiedad Horizontal, se considerarán a los fines de este literal, como Reglamento Interno.
g) Que el arrendatario haya cedido el contrato de arrendamiento o subarrendado total o parcialmente el inmueble, sin el consentimiento previo y por escrito del arrendador.
Parágrafo Primero:
Cuando se declare con lugar la demanda de desalojo de un inmueble, con fundamento en las causales señaladas en los literales b.­ y c.­ de este artículo, deberá concederse al arrendatario un plazo improrrogable de seis (6) meses para la entrega material del mismo, contados a partir de la notificación que se le haga de la sentencia definitivamente firme.
Parágrafo segundo:
Queda a salvo el ejercicio de las acciones judiciales que correspondan por otras causales distintas a las previstas en el presente artículo

Como vender un inmueble?

1.- Estime apropiadamente el costo del esfuerzo que Ud. habrá de iniciar. Por ello nos referimos a que si Ud. trabaja o puede trabajar en su campo de experiencia, el costo relacionado con el tiempo que piensa invertir en el proceso de la venta de un inmueble, el costo de las publicaciones, etc, debe ser tomado en cuenta a la hora de estimar su verdadera ganancia.



2.- Determine el valor del mismo en función de los factores de mercado, de reposición y renta. Analice cuidadosamente la ubicación del inmueble y compárela con otros en la zona que también se están vendiendo para obtener las ventajas comparativas y competitivas del inmueble que Ud. desea ubicar.



3.- Estudie la velocidad de venta en la zona a través de las operaciones llegadas a término registradas en la Oficina de Registro Subalterno correspondiente. Ello le dará un indicativo de en cuanto tiempo, en promedio deberá materializarse la operación y si los inmuebles de la zona tienen alta o baja demanda.



4.- Realice una inspección cuidadosa del inmueble para determinar qué tipo de reparaciones y remodelaciones deberá hacer y cuál es el costo estimado de las mismas para que el inmueble sea considerado el más atractivo de los que se están vendiendo en la zona.



5.- Abra un expediente completo donde deberá tener toda la documentación e información del inmueble:



a.- Su(s) propietario(s) y la operación que desa realizar a fin de garantizar el saneamiento de la Ley.



b.- Documento de Propiedad



c.- Certificación de Gravámenes



d.- Tradición Legal de la propiedad del inmueble



e.- Solvencias y recibos de serviciospúblicos



f.- Plano del Inmueble distribución, ambientes, etc.



g.- Plano de Ubicacion.



h.- Si es propiedad horizontal, necesitará adicionalmente el documento de condominio, solvencia del mismo y recibos cancelados en original



i.- Fotocopia de la cédula del propietario, estado del mantenimiento del inmueble en particular y del condominio en general, amenidades del condominio, puestos de estacionamiento, maletero, etc.



6.- Cuando comience a recibir llamadas, tenga en cuenta que muchas serán de curiosos o amigos de lo ajeno, investíguelos y fíltrelos antes de darles acceso a su inmueble.



7.- Una vez que inicie el recorrido por el inmueble, siga la secuencia lógica dependiendo si el visitante es hombre o mujer. Estudie la presentación del inmueble con anterioridad, destaque las ventajas competitivas y comparativas del inmueble. No discuta con el cliente si este hace comentarios desagradables relacionados con el estado de mantenimiento o decoración del inmueble, recuerde que su intención es vender su inmueble, no sus gustos. Aplique las técnicas de negociación y argumentación.



8.- Cuando ya tiene un cliente y comienza el proceso de negociación definitivo, tenga cuidado de plasmar todo en el papel, no deje cabos sueltos. Precise fechas y montos sin que haya lugar a dudas. Cuando vaya a la opción de compra, consulte su abogado de confianza para que le redacte dicho documento. Lo mismo vale cuando se vaya a redactar el documento definitivo de compra-venta. Verifique que el cheque esté bien emitido antes de firmar el documento final.

Fuente: Cámara Inmobiliaria de Venezuela

sábado, 27 de marzo de 2010

Actitud

Como seres Humanos nos relacionamos todos los días, ahora bien la única forma de salir airosos de cada una de las situaciones que nos toca actuar, es la actitud positiva para conseguir un máximo de beneficios tanto a corto como a largo plazo.
Debemos mantener una actitud de interés, atención y actividad, debemos prestar mucha atención a nuestra comunicación no verbal:
Usa tus ojos para hablar
Uso adecuado de las manos
Actitud física
Sentarse
Control de la mirada
Expresión del rostro.

martes, 23 de marzo de 2010

lunes, 1 de marzo de 2010

Mas titulares